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El 13 de marzo podrá ejercer su derecho al voto desde las 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m. | Foto: Especial para El País

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¿Cómo votar? 'ABC' para que ejerza su derecho sin contratiempos

Este domingo 29 de mayo Colombia decide su futuro con las elecciones presidenciales y en El País les contamos cómo debe marcar la tarjeta electoral para que su voto sea válido.

27 de mayo de 2022 Por: Redacción El País

Este domingo 29 de mayo Colombia decide su futuro con las elecciones presidenciales y en El País les contamos cómo debe marcar la tarjeta electoral para que su voto sea válido.

Sobre los jurados:

Funciones:
Atender el proceso de la elección; efectuar los escrutinios de mesa y registrar los resultados de la mesa en los documentos electorales.

Beneficios:
Quien sea jurado durante toda la jornada, tiene derecho a un día de descanso compensatorio remunerado, que podrá tomar hasta el próximo 5 de agosto.

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Advertencia:
A los jurados que no firmen el acta de escrutinio o formulario E-14 se les impondrá una multa equivalente a 10 salarios mínimos.

Dónde denunciar:

Si el día de las elecciones usted conoce de alguna conducta que considere irregular, la puede comunicar a las autoridades, pero también al portal web:pilasconelvoto.com o a la línea whatsapp: 3152661969.

Sobre los delegados de puesto:
Son los encargados de prestar apoyo logístico en el puesto de votación, orientar a los actores del proceso sobre sus funciones, y trasladar los pliegos electorales que los jurados les entregarán al finalizar la jornada. Portarán el carné que los identifica y algunos harán uso de camisetas, chalecos y gorros alusivos a la Registraduría Nacional.

Equivocación:
Si un ciudadano se equivoca al marcar la tarjeta electoral, deberá devolverla al jurado de votación y solicitar otra. El jurado verificará que corresponda a la que le había sido entregada, escribirá la palabra inservible sobre ella, la introducirá en el sobre negro de material sobrante e inservible y entregará, firmada, otra tarjeta electoral al ciudadano.

Asistencia:
Los ciudadanos que padezcan limitaciones o dolencias físicas que les impida valerse por sí mismos, los mayores de 80 años o quienes tengan problemas avanzados de visión, tendrán prelación en la fila y podrán ir acompañados hasta el cubículo por personas de su confianza. No podrán hacerlo jurados, testigos electorales, Fuerza Pública, Mesa de Justicia o funcionarios de la Registraduría.

No está en el censo:
El ciudadano cuyo número de cédula no esté en el Formulario E-10 no podrá votar en esa mesa. En tal caso, el jurado devolverá la cédula y le solicitará que consulte su puesto de votación con los funcionarios electorales, en la página web de la Registraduría o en el aplicativo de Infovotantes.

Mesa de Justicia:
son funcionarios del Ministerio Público y la Fiscalía que reciben las denuncias o quejas sobre irregularidades cometidas en el proceso electoral por parte de los ciudadanos y de otros actores del proceso. Portarán el carné que lo identificará en cada puesto de votación.

Testigos Electorales:
Son ciudadanos que representan a las fuerzas políticas para vigilar los procesos de votación y escrutinios y el desempeño de los jurados. Podrán hacer reclamaciones ante los jurados de votación, de ser necesario. Estarán identificados con el formulario E-15.

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Prohibición:
“Queda prohibida toda clase de propaganda política y electoral el día de las elecciones. Por lo tanto, no se podrán portar camisetas o cualquier prenda de vestir alusiva a propaganda política, afiches, volantes, gacetas o documentos similares que inviten a votar por determinado candidato o simplemente, le hagan propaganda. Las autoridades podrán decomisar la propaganda respectiva, sin retener a la persona que la porte”.

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