El Heraldo
Colombia

Se abre debate sobre redes, libertad de expresión y derechos de los agredidos

EL HERALDO conversó con expertos del derecho penal, los medios de comunicación y las plataformas digitales con ocasión de la audiencia citada por la Corte Constitucional para el 28 de febrero.

A raíz del estudio de tres tutelas interpuestas por quienes se consideran víctimas de mensajes en redes sociales que han atentado contra sus derechos al buen nombre, la honra, la intimidad, la dignidad y la imagen, la Corte Constitucional citó a una audiencia pública para el próximo 28 de febrero, en la que la cuestión central será analizar cómo garantizar la libertad de expresión en estas plataformas digitales sin que se vean afectados los derechos antes mencionados.

A la audiencia, que intentará resolver 24 preguntas relacionadas también con temas como las noticias falsas y el debate de si se deben regular o no las redes virtuales, están citados directivos de Facebook, Youtube y Google, el Mintic, los entes de control, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Cidh y la Fundación para la Libertad de Prensa, Flip, entre otros.

Libertad de expresión

 ¿Hasta dónde llega el derecho a la libertad de expresión en las plataformas digitales y cuándo se violentan los derechos de los demás en estas redes?

El abogado penalista y catedrático de la Universidad del Rosario, Francisco Bernate, advierte que en Colombia ningún derecho es ilimitado y eso incluye por supuesto la libertad de expresión: “Encontramos como límites, primero, realizar apología del genocidio; segundo, instigar a otros a cometer delitos; tercero, los actos de discriminación u hostigamiento; cuarto, aquellas manifestaciones que tiendan a amenazar a personas en situación de riesgo especial como líderes sociales, defensores de derechos humanos, dirigentes sindicales, políticos o religiosos; y quinto, la libertad de expresión no puede convertirse en un vehículo para menoscabar la honra de los demás”.

Precisa el jurista al respecto que si en las redes sociales se hace referencia a hechos, la persona debe ceñirse a la verdad y si está expresando opiniones puede hacerlo de forma ilimitada cuando se refiera a actuaciones de los seres humanos, como quien critica a un dirigente político, a una personalidad o a un director técnico, “pero es absolutamente limitada cuando se refiere a descalificar a la vida íntima, sexual o familiar de una persona, es decir podemos informar y opinar sobre los hechos pero no podemos en Colombia menoscabar la honra de las personas ni referirnos a su intimidad”.

A su vez, Carolina Botero, directora de la Fundación Karisma, que trabaja por la promoción de los derechos humanos en el mundo digital, señala que la libertad de expresión, como cualquier otro derecho, se aplica en el mundo en línea como en el mundo fuera de línea, “lo que pasa es que hay características que hacen que la forma de aplicación sea diferente, pero es igual”.

Concuerda la abogada en que la libertad de expresión no es un derecho absoluto y tiene unos límites que la Corte y los estándares internacionales han definido, “y eso supone que cualquier restricción a la libertad de expresión deba ser legal, necesaria y proporcional, y antes de tomar este camino hay que tener en cuenta que el remedio sea el menos oneroso posible”.

Para el analista y profesor de la Facultad de Comunicación Social de la Universidad Javeriana, Mario Morales, lo primero que hay que hacer es aprender a no diferenciar entre mundo virtual y mundo real: “No hay diferencia, no hay dos mundos, es un solo mundo que está hecho del papel, de lo digital y demás”.

Por ello, agrega, “si partimos de esa presunción, los derechos, libertades, deberes, normas y leyes rigen por igual lo que pasa tanto en lo digital como en lo analógico, luego esos alcances y esa normatividad tienen el mismo nivel que tienen para los medios y para los ciudadanos en la cotidianidad”.

Entre tanto, Carlos Arias, profesor de la Maestría de Comunicación Política de la Universidad Externado, se refiere a la libertad de expresión desde los medios y a los deberes que vienen con ella: “La libertad de expresión no puede ser limitada por un tercero. Esa libertad debe estar asociada al criterio de lo que se quiere comunicar y opinar, pero en especial desde la dimensión informativa, que es responsabilidad de los medios de comunicación, debe ser cualificada desde los argumentos, la confirmación y la constatación de las fuentes”.

Y Germán Ortiz, director del Observatorio de Libertad de Expresión de la Universidad del Rosario, hace hincapié en que el derecho a la libertad de expresión pasa por la responsabilidad con que se asume el mismo: “Me hago responsable del derecho que tengo de expresarme y me hago responsable de los efectos que pueda causar el discurso que yo tengo o incluso los derechos que pueda violentar de las personas cuando me dirijo acerca de la intimidad o el buen nombre”.

La responsabilidad del usuario

 ¿Qué responsabilidad penal, civil y social le cabe al usuario de estas redes sociales al calumniar, injuriar o atentar contra la honra, el buen nombre, la dignidad o la intimidad de otra persona?

Bernate considera que estas plataformas digitales, en términos de este tipo de responsabilidades relacionadas con lo que se dice, se equiparan a los medios de comunicación: “En Colombia se ha sostenido que quien tiene una red social tiene las mismas responsabilidades de quien opina o informa desde un medio. De manera que la responsabilidad que les asiste a los ciudadanos puede ser de tipo penal, en la medida en que estén incursos en delitos, y si su conducta causa un perjuicio a un ser humano, están llamados a reparar y también están obligados a rectificar cuando se trate de información que no se corresponda con la realidad”.

Llama la atención Botero frente al hecho de que si se trata de un personaje público, la responsabilidad se acrecienta: “La responsabilidad varía según la calidad de la persona, entonces no es la misma responsabilidad la que le recae a un personaje público que la que le recae a una persona del común, y eso se tiene en cuenta al momento de definir estándares de libertad de expresión”.

 En consideración de Arias, la responsabilidad tiene que ver con ejercer el derecho de la libertad de expresión dentro de los términos legales: “Si cabe alguna regulación es la que ya existe y que está penalizada por los delitos de injuria y calumnia. Son los que en medio del debate de ideas o en la confrontación de opiniones deben tener en cuenta para exponer sus sistemas de creencias”.

Finalmente, Ortiz llama a hacerse responsables guardan el cuidado y comedimiento debidos: “Por más que tenga la intención de querer ofender a alguien, debo medir mis palabras y soy responsable no de lo que piense sino de lo que digo, además en medio de una red tan inmediatista y tan pública”.

Las noticias falsas

 ¿Están cobijadas por el derecho a la libertad de expresión las denominadas noticias falsas o ‘fake news’?

El penalista Francisco Bernate asevera que la libertad de información no cobija las noticias falsas, y recuerda que la Corte Constitucional ha señalado que quien va a dar información debe agotar todos los medios a su alcance para verificar que está diciendo algo cierto, o de lo contrario habrá que rectificar y si se causa daño a la honra de alguien, habrá responsabilidades penales y civiles.

Para la activista en temas de derecho y tecnología, Carolina Botero, cuando se habla de noticias falsas se habla de desinformación y de las estrategias que, por ejemplo, se montan en medio de una campaña para manipular el voto de las personas, y ello genera otra serie de problemas.

En palabras del analista Mario Morales, las noticias falsas han existido desde la época del paraíso terrenal, solo que ahora tienen muchas más posibilidades de difusión gracias a la expansión de los medios, pero reitera que el papel del periodista en la antigüedad, en el mundo moderno y ahora sigue siendo el mismo: verificar.

Considera el profesor Carlos Arias que las noticias falsas siempre han existido y que se han exacerbado con el aumento del uso y presencia de las redes sociales, porque ahora no solo existe un enfoque de la verdad, sino múltiples. Y se regula mediante la confiabilidad de la fuente y su conocimiento experto o no de los temas que divulga.

Y el docente Germán Ortiz cree que las noticias falsas responden más a lo que se conoce como manipulación e indica que las noticias falsas tienen la intención de generar miedo o crear expectativas que no son.

¿Regular las redes?

“No considero que regular sea el camino, creo que Colombia debe adoptar una política seria en materia de sanción a aquellas personas que usan las plataformas para asediar, acosar, intimidar, calumniar o difamar a los demás ciudadanos, porque hoy en día las penas son muy laxas y son escasas las condenas, y se debe pensar en cómo eliminar de las plataformas, de manera inmediata, este tipo de afirmaciones”, dice Bernate.

“Regular es un mal camino, hay riesgos muy grandes para la libertad de expresión, y hay que entender que como generación estamos viviendo un momento de cambio muy importante con la tecnología, y que va a ir pasando: la gente a medida que se acostumbre va moderando y aprendiendo a cómo consumir información”, considera Botero.

“Regular las redes es difícil por la manera en que se concibió el internet y este modelo de comunicación, pero en general lo que se recomienda es que haya autorregulación, y si no existe este proceso indefectiblemente va a darse la regulación, que es una instancia que abre las puertas a la censura”, concluye Ortiz.

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