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Colombia

No toda agresión entre familia es violencia intrafamiliar: Corte Suprema de Justicia

El alto tribunal estableció límites de requisitos para este tipo de delitos puedan ser llevados a los estrados judiciales.

La sala de casación penal de la Corte Suprema de Justicia determinó que no toda agresión entre miembros de una familia se constituye en violencia intrafamiliar.

La decisión del alto tribunal se dio, luego de resolver un recurso de casación extraordinario que interpuso un representante de la Fiscalía contra el fallo proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, que confirmó el fallo del Juzgado 34 Penal Municipal de esa ciudad que absolvió a un hombre del delito de violencia intrafamiliar.

El caso que derivó en la decisión de la Corte Suprema de Justicia se originó por una pelea entre dos hermanos y en la que ambos se agredieron mutuamente por el uso excesivo del teléfono.

La Corte argumentó que existen ciertas características de los hechos para que unas agresiones se constituyan en delito, como por ejemplo, las características de las personas implicadas en el hecho, la posible vulnerabilidad de la víctima y la posible repetición de los hechos en el tiempo.

En el estudio del caso en concreto, el alto tribunal determinó que no hubo violencia intrafamiliar porque la pelea se generó entre dos personas adultas, de edades proporcionales y no fue un hecho reiterativo. “El episodio de aparente maltrato, entonces, consistió en una situación excepcional, que obedeció al forzado cambio en las condiciones de vida para los integrantes de la familia, así como a la necesidad de adaptarse a unos nuevos parámetros de convivencia, y no necesariamente al quebrantamiento de una estructura familiar con tradición ni a la desintegración”, dice uno de los apartes del fallo de la Corte Suprema. 

A su vez, el representante del Ministerio Público señaló que el bien jurídico de la unidad familiar no se vulneró en este caso, pues el en enfrentamiento entre los hermanos fue esporádico, su convivencia no era tortuosa y la situación no pasó de ser un simple desorden doméstico debido al cambio de la dinámica, de las condiciones de vida como el hogar, tal como se analizó en la providencia de segundo grado, por lo que solicitó a la Corte Suprema de Justicia no casar el fallo recurrido por la Fiscalía.

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