El Ministerio de Trabajo aclara que el 10 de abril del 2020 es feriado en Ecuador

Imagen referencial. El Ministerio de Trabajo aclaró hoy, 9 de abril del 2020, que de acuerdo a la ley de feriados mañana, Viernes Santo, es día festivo, por lo que no se debe laborar. Foto: Freepik

Imagen referencial. El Ministerio de Trabajo aclaró hoy, 9 de abril del 2020, que de acuerdo a la ley de feriados mañana, Viernes Santo, es día festivo, por lo que no se debe laborar. Foto: Freepik

Imagen referencial. El Ministerio de Trabajo aclaró hoy, 9 de abril del 2020, que de acuerdo a la ley de feriados mañana, Viernes Santo, es día festivo, por lo que no se debe laborar. Foto: Freepik

El Ministerio de Trabajo aclaró la tarde de este jueves 9 de abril del 2020 que, de acuerdo con la ley de feriados, este Viernes Santo, 10 de abril del 2020, es día festivo en Ecuador, por lo que no se debe laborar, incluso en medio de la emergencia sanitaria por la pandemia del coronavirus covid-19.

La Disposición General Cuarta de la Ley Orgánica del Servicio Público establece que el Viernes Santo es día de descanso obligatorio en Ecuador.

Eso significa la suspensión del trabajo, excepto, como en otros feriados, en “industrias o labores del sector privado respecto de las cuales, por su naturaleza y condición manifiesta, no puedan interrumpirse”, reza en la Disposición General Tercera de la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo.

¿El descanso por el feriado se aplica para teletrabajo?

La jornada laboral presencial se encuentra suspendida en Ecuador desde el 17 de marzo del 2020, debido a la emergencia sanitaria para contener el contagio del covid-19.

Este jueves, la Cartera de Estado precisó que el teletrabajo es también una forma de trabajar, que únicamente modifica el sitio en donde se desarrolla.

Por ello, el Viernes Santo del 2020 no habrá teletrabajo, es día feriado, precisó el Ministerio de Trabajo.

Desde el 17 de marzo, empleados y empleadores han hecho uso de plataformas digitales para teletrabajo, excepto en áreas como la salud, provisión de alimentos, comunicación y otras, consideradas vitales en la cuarentena, que han requerido el desplazamiento de trabajadores.

Raúl Ledesma, exministro de Trabajo, considera que no tiene sentido mantener el feriado en emergencia. “Estamos en una situación donde se puede trabajar muy poco y además se da un feriado, es decir, vacaciones, es un despropósito”.

Según el exfuncionario, hay empresas que no pueden darse el lujo de parar como las de alimentos o bienes de limpieza. Las compañías que están paradas tendrán que afrontar más gastos en un momento donde no tienen liquidez ni para pagar las obligaciones actuales, refirió.

¿Qué derechos tiene un empleado si trabaja este Viernes Santo? 

El Ministerio de Trabajo de Ecuador puntualizó este jueves que las empresas que, para garantizar su operación, laboren el viernes 10 de abril del 2020 deberán pagar con un 100% de recargo la remuneración del trabajador, tal como lo estipula el Código del Trabajo.

Según la Ley, en los días de descanso obligatorio, se debe garantizar en el país la provisión de servicios básicos de agua potable, energía eléctrica, salud, bomberos, servicios bancarios, entre otros, “en los cuales las máximas autoridades de las instituciones, entidades y organismos del sector público deberán disponer que se cuente con el personal mínimo”.

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