Salud y bienestar

Consejo de Estado estudiará resolución que reglamenta eutanasia en niños

Admitió la demanda en contra de la reglamentación que hizo el exministro Alejandro Gaviria.

Consejo de Estado estudiará resolución que reglamenta eutanasia en niños

Consejo de Estado estudiará resolución que reglamenta eutanasia en niños(Colprensa)

El Consejo de Estado decidió admitir la demanda de nulidad que interpuso el concejal de Bogotá, Marco Fidel Ramírez, más conocido como el ‘concejal de la familia’ en contra de la Resolución 825 del 9 de marzo de 2018 que expidió el Ministerio de Salud cuando el jefe de dicha cartera era Alejandro Gaviria.

La reglamentación se expidió para poder hacer efectivo el derecho que tienen los niños y niñas de morir dignamente, y recoge recomendaciones hechas por diferentes sectores, pero para el concejal el Ministerio no tenía competencia, y es lo que entrará a definir el Consejo de Estado.

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“Celebro que el Consejo de Estado haya aceptado nuestra petición del tema de la eutanasia infantil, habida cuenta que según nuestros argumentos, evidentemente comprobamos que el Ministerio de Salud no tiene competencia alguna para reglamentar dicho tema. Además, es necesario reconocer que el derecho a la vida es inviolable, y evidentemente uno de los más grandes errores de la sociedad colombiana es aceptar la eutanasia infantil”, señala.

Para Ramírez, el competente para reglamentar esta materia es el Congreso de la República, quien tiene la facultad de expedir normas estatutarias como se requiere en este caso.

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La resolución señala que siempre el paciente debe manifestar su voluntad de someterse a la eutanasia, que debe tener una enfermedad terminar y un grave sufrimiento. Que de los 0 a 6 años, esta práctica no podrá ser usada, y de los 7 a 12 años un psiquiatra infantil debe identificar el “desarrollo neurocognitivo y psicológico excepcional” para que manifieste su voluntad “informada e inequívoca”, y sus dos padres deben estar de acuerdo.

Entre los 12 y 14 años si los dos padres no están de acuerdo, la voluntad del menor es la que prevalece, y a partir de los 14 deberá prima el deseo del paciente.

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